La Cámara Federal de Tucumán resolvió rechazar la demanda de prescripción adquisitiva promovida por una particular contra el Estado Nacional Argentino (Comando en jefe del Ejército) sobre un inmueble ubicado en el Departamento Banda, Santiago del Estero. La decisión revocó la sentencia de primera instancia, que había reconocido el derecho de la actora a adquirir el dominio del terreno por usucapión.
El litigio se originó cuando una ciudadana interpuso una demanda de prescripción adquisitiva, argumentando haber poseído el inmueble de manera pacífica, continua, pública y con ánimo de dueña durante más de veinte años, conforme lo dispuesto por el Código Civil. En primera instancia, el juez Guillermo Daniel Molinari le dio la razón, disponiendo la inscripción del dominio a su nombre en el Registro General de la Propiedad Inmueble. Para para así decidir, el Juez a quo consideró que la sola circunstancia de que el inmueble esté inscripto a nombre del Estado Nacional Argentino no le otorga el carácter de bien de dominio público, como tampoco, la sola afectación al servicio público militar. Estimó que se trataba de un bien del dominio privado del Estado Nacional, desprovisto de los caracteres jurídicos de inalienabilidad e imprescriptibilidad.